- comete delitos penales y administrativos
En un burdo intento por obstruir el proceso de entrega-recepción, en las postrimerías de su gestión, el Auditor Superior del Estado ha incurrido en una serie de desacatos, delitos y abandono de responsabilidades, punibles, por las que el Congreso Local procederá en los términos de ley, anunció el Presidente de la Diputación Permanente.
El diputado Marco Gallegos explicó que, ante el inminente término de la gestión de Jorge Espino Ascanio, la legislatura propuso la designación de su relevo, mismo que no obtuvo el necesario voto de las dos terceras partes de los integrantes del pleno.
Siguiendo el mandato legal, abundó, la Junta de Gobierno del Congreso, procedió a la designación de un Auditor Interino, en la persona del economista Francisco Antonio Noriega Orozco, a quien compete iniciar de inmediato el proceso de entrega-recepción y asumir la titularidad de la ASE, si al concluir su gestión el Auditor en funciones, no se ha concretado el consenso para la elección ordinaria.
No obstante todo ello, el Auditor saliente ordenó desalojar al personal y cerrar con candado todas las instalaciones del ente, auxiliar técnico en el proceso de fiscalización que compete al Poder Legislativo, en la misma fecha cuando este daba posición al interino y ordenaba la notificación para iniciar las acciones que marca la ley para esta etapa.
Entre ellas, precisó al Presidente de la representación popular en el periodo de receso, el de coordinación, propias del Procedimiento de Entrega-Recepción respecto de los recursos Humanos, Financieros y Materiales bajo el resguardo de ese organismo, así como entrar en conocimiento de los asuntos recientemente desahogados, los que se encuentran en etapa de tramitación, así como los que deben atenderse en próximas fechas.
“La notificación respectiva, ha sido maliciosamente impedida, toda vez que negligentemente, el edificio de de la Auditoría Superior del Estado, se encuentra cerrado y además sin personal que resguarde sus instalaciones, así como la documentación que obra en sus archivos oficiales.
“El edificio se observa abandonado y sin medidas de seguridad mínimas que protejan la información pública que alberga”, dijo Marco Gallegos, al anunciar medidas de apremio y sanción, por los delitos cometidos por Espino Ascanio.
Consideró una maniobra deliberada y dolosa, para evadir la ley y sus procedimientos, cuando el Auditor saliente desatendió los requerimientos de presentarse martes y miércoles en el Congreso, a conocer del nombramiento, e iniciar, el proceso de entrega-recepción, dentro de los plazos de ley.
Por el mismo motivo, ante el repetido desacato, Espino fue emplazado para cumplir con el requerimiento, en tercera oportunidad, este jueves, sin detrimento de las sanciones penales y administrativas, a que se ha hecho acreedor, por violaciones a diversas leyes, impidiendo la transición y poniendo en riesgo la información y documentación oficial, así como generando un estado de incomunicación institucional.
El artículo 9 de la Ley Para la Entrega-Recepción de los Recursos Asignados a los Poderes, Órganos y Ayuntamientos del Estado, precisó, establece que “tratándose del acto de entrega-recepción final de cualquiera de los Poderes, la unidad administrativa de los órganos públicos autónomos facultada para ese efecto, de los Ayuntamientos o de sus entidades, la o las personas legalmente autorizadas para tomar posesión, dentro de los 60 días previos al acto de entrega-recepción, designará un Comité de Enlace, que tendrá por objeto, establecer la coordinación necesaria con la persona o las personas servidoras públicas que concluirán el desempeño de su función (…), con el fin de conocer, de manera general, particular y específica, los recursos y responsabilidades que serán recibidos y facilitar la continuidad de las funciones públicas”.
El 32 advierte: el incumplimiento a las disposiciones de la presente ley, será sancionado en los términos que establece la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, sin perjuicio de lo que señalen otros ordenamientos jurídicos”.
Los actos de entrega-recepción incumplidos por las autoridades salientes, así como el debido resguardo de la documentación e información inherente, se penaliza en la Ley de Responsabilidades Administrativas y en el Código Penal del Estado.
De la primera el Artículo 49 establece que “incurrirá en falta administrativa no grave el servidor público cuyos actos u omisiones incumplan o transgredan lo contenido en las obligaciones siguientes:
Registrar, integrar, custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, divulgación, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos”
Del segundo refiere: comete el delito de ejercicio ilícito de servicio público, el servidor público que por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.
Y el 210: Comete el delito de abandono de funciones públicas el que sin habérsele admitido la renuncia de su comisión, empleo o cargo lo abandone sin causa justificada.
La actitud adoptada por el Auditor Superior saliente, advirtió el Presidente de la Permanente, causa un alto impacto contra la regularidad en el funcionamiento de las instituciones, al anunciar la presentación de las denuncias Administrativas y Penales ante las instancias competentes, entre las medidas necesarias para reestablecer el estado de derecho en torno a esas graves circunstancias.