Por Pegaso
Constitucionalidad: Principio que indica la posición preeminente de la Constitución y las normas, valores, principios y derechos que consagra, para determinar el ámbito legítimo de actuación de las administraciones públicas.
La idea deriva de lo establecido en la Constitución de 1978 que eleva al máximo rango normativo la regla de que los poderes públicos “están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico (artículo 9.1); y en particular, la Administración, “a la ley y al derecho”. (artículo 103.1).
Obedece al Principio de Constitucionalidad, por ejemplo, la elección de presidentes, gobernadores, diputados y senadores.
Por ordenamiento constitucional, los habitantes del País o el Estado son convocados a votar por las personas que los representarán en el siguiente período, que para Presidente de la República es de 6 años, al igual que para Gobernador y senadores, en tanto que para diputados federales y locales es de 3 años.
Por principio constitucional, la decisión de los ciudadanos es inalienable e irrevocable.
Si un proceso electoral se realiza conforme a lo que establece la ley normativa, que en este caso es la Ley Federal Electoral, emanada de la Constitución, en teoría no debe haber poder humano que modifique el resultado, al menos no en una democracia como la que se presume que tenemos en México.
Así, en la elección del 6 de junio del año pasado, la mayoría de los votantes de Tamaulipas determinaron que la coalición de MORENA y PT tuviera 20 diputados en el Congreso del Estado, en tanto que el resto de los partidos, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, quedaron con 16.
Esa es la esencia de la constitucionalidad. Que la decisión de los ciudadanos se respete desde su origen, es decir, el resultado de un proceso electoral.
Gracias a eso, la 65 Legislatura tuvo en sus primeros meses una mayoría de diputados emanados de MORENA y PT, por consiguiente, correspondió a ellos designar la Junta de Coordinación Política (JUCOPO).
Pero de pronto, todo empezó a prostituirse.
En el primer día de actividad legislativa, dos diputadas, una del PT y otra de MORENA, ya sea por voluntad propia, por amenazas o por dinero, decidieron pasarse a la fracción parlamentaria del PAN.
Esa fue la primera violación al principio de constitucionalidad, puesto que las legisladoras, al atender a intereses personales o políticos, pasaron sobre los lineamientos legales de nuestra Carta Magna.
En el transcurso de los siguientes meses hubo más diputados que no respetaron el principio de constitucionalidad, y eso dio la oportunidad al PAN y al Gobernador de recuperar la ambicionada JUCOPO y la mayoría de las Comisiones importantes.
Palabras más, palabras menos, esa es en esencia la batalla legal que se ha iniciado.
Diputados de MORENA en el Congreso de Tamaulipas presentaron un juicio de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el argumento de que los legisladores votados en las urnas no pueden cambiarse así por así de partido, porque eso tuerce o tergiversa el deseo legítimo de los ciudadanos de ser representados por el partido o ideología de su preferencia.
A ver: Yo voto por Juan de los Palotes, propuesto por el PUM, porque me parece que trae buenas ideas. Juan llega al Congreso, le ofrecen un billete y de pronto se brinca a otro partido.
Obviamente, yo me sentiré defraudado porque Juan ya no me está representando. Se ha violado mi derecho constitucional de votar por el partido y el candidato que me convenzan.
Si la Suprema Corte da la razón a los quejosos, todo el andamiaje de engaños y corrupción fraguados desde la oficina del Gobernador del Estado Francisco García Cabeza de Vaca, se vendrá abajo, y MORENA retomará la mayoría en el Congreso.
Así de fácil. Fuiste electo por un partido y esa posición no te pertenece. Puedes renunciar e irte con otros colores, pero el escaño sigue siendo del partido que la ganó en las urnas.
Estoy seguro que si los ministros de la Suprema hacen su chamba, encontrarán que el espíritu del Constituyente está orientado en ese sentido.
Ahora les propongo un bonito juego interactivo. Cuenten cuantas veces menciono la palabra constitución o constitucionalidad en este sesudo artículo.
Viene el refrán estilo Pegaso: “¿De esa manera está correcto, o te proceso con fuego un embrión de gallinácea?” (¿Así está bien, o te guiso un huevo?)